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Causas de anulación de tu viaje que cubre tu seguro de viajes

anulación de tu viaje

En nuestro seguro de viaje de CASER | Grupo Helvetia las causas de anulación de tu viaje que cubre la devolución del importe del viaje son:

  • Enfermedad grave, accidente grave o fallecimiento del Asegurado, de sus padres, tutores legales, abuelos, hijos, nietos, hermanos, cuñados, nueras, yernos, suegros, cónyuge o pareja de hecho inscrita en el Registro correspondiente.
  • Complicaciones ocurridas durante el embarazo, hasta la semana 29, que imposibiliten el inicio del viaje, siempre que no se haya sufrido complicaciones en embarazos anteriores y que dicha complicación no sea consecuencia de enfermedades preexistentes.
  • Citación para una intervención quirúrgica grave de la que no existía fecha prevista de realización en el momento de la contratación del viaje, y cuya fecha se fije para antes o durante el viaje.
  • Comparecencia como parte imputada, testigo o jurado en un proceso judicial cuya fecha impida la realización del viaje.
  • Cuarentena médica obligatoria cuya fecha impida la realización del viaje.
  • Convocatoria como miembro de una mesa electoral cuya fecha impida la realización del viaje.
  • Convocatoria para examen de oposición oficial, como aspirante o como miembro del tribunal, cuya celebración tenga lugar dentro de las fechas previstas del viaje.
  • Concesión de beca oficial.
  • Entrega en adopción de un niño, siempre que dicha entrega definitiva a los padres adoptivos tenga lugar durante las fechas previstas para el viaje e imposibilite la realización del mismo.
  • Traslado laboral forzoso fuera del país de residencia, por un periodo no inferior a 60 días, cuya fecha impida la realización del viaje.
  • Pérdida del puesto de trabajo del Asegurado, comunicada durante la vigencia de esta garantía y que le dé derecho al cobro de una indemnización por despido conforme a la legislación vigente. El despido deberá suceder dentro de los 30 días previos a la salida del viaje.
  • Incorporación a un nuevo puesto de trabajo en una empresa distinta, con contrato laboral de duración superior a un año o tras un concurso público, cuya fecha impida la realización del viaje.
  • Citación oficial para trámite de divorcio dentro de las fechas del viaje.
  • Declaración de renta paralela con resultado a liquidar superior a 600€.
  • Requerimiento de forma urgente e inexcusable para incorporarse a las fuerzas armadas españolas, a la policía o a los servicios de bomberos, cuya fecha impida la realización del viaje.
  • Citación para trasplante de un órgano, como donante o receptor, cuya fecha impida la realización del viaje.
  • El incendio, robo o inundación del domicilio o local profesional, siempre que el Asegurado sea el explotador directo o ejerza en el mismo una profesión liberal.
  • La declaración oficial de zona catastrófica en el lugar de residencia del Asegurado o en el lugar de destino del viaje.
  • Actos de piratería aérea, terrestre o naval, que imposibiliten al Asegurado el inicio de su viaje. Se excluyen los actos terroristas.
  • Anulación de la boda del Asegurado, que estuviera prevista con anterioridad a la contratación del seguro. Sólo se cubrirán las cancelaciones por este motivo cuando ocurran dentro de los 30 días previos al inicio del viaje.
  • Por retirada del carné de conducir del Asegurado, siempre y cuando fuese a utilizarse el vehículo como medio de locomoción para realizar el viaje y ninguno de los acompañantes pudiera sustituirle en la conducción del vehículo.
  • Multa de tráfico impuesta al Asegurado por un importe superior a 600€.
  • Por accidente grave sufrido por el vehículo particular asegurado dentro de las 24 horas previas al inicio del viaje, siempre y cuando fuese a utilizarse como medio de locomoción para realizar el mismo y la reparación comporte más de 8 horas de mano de obra y al menos 3 días de inmovilización.
  • Anulación de un acompañante Asegurado e inscrito en el mismo viaje o servicio, que tenga que anular por alguno de los motivos anteriormente reseñados y que por esa razón el Asegurado tenga que viajar sólo.
  • Obtención de un viaje de características similares al previamente adquirido mediante sorteo público y ante Notario.
  • Gastos de cesión del viaje del Asegurado a otra persona por alguna de las causas justificadas siempre y cuando los gastos de cesión sean iguales o inferiores a los causados en caso de que se cancelase el viaje.

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